La ley permite suspender un contrato laboral temporalmente. Por ejemplo cuando hay una situación de fuerza mayor o caso fortuito que impide ejecutar el contrato. La ley no dice de cuánto debe ser su duración máxima. Ahora bien, para no afectar demasiado los ingresos de los trabajadores durante la suspensión, se aconseja que su duración sea breve.
Para que el empleador pueda utilizar la causal de fuerza mayor o caso fortuito debe demostrar tres condiciones. I. No debe haber sido causado el hecho de fuerza mayor o caso fortuito por la conducta u omisión del empleador. Ni de forma directa ni indirecta. II. Que no haya podido ser conocido anticipadamente por el empleador por su carácter improbable, repentino e inesperado. III. Que no haya podido evitarse. No siendo posible esquivar sus efectos, pese a haberse adoptado las medidas necesarias para contenerlo o sobreponerse.
Si se cumplen con estas condiciones, el empleador debe avisar al Ministerio del Trabajo de la suspensión de los contratos de trabajo. Si no hay inspector del trabajo, debe informar a la primera autoridad política del lugar para que verifique esta situación.