Opiniones sobre el nuevo festivo del 9 de julio

El recientemente creado festivo del nueve de julio genera inquietud en los asesores de las empresas porque opinan que no hay certeza sobre el día en que debe darse este descanso remunerado a los trabajadores.

Consideran que no hubo claridad en la redacción de la ley y no saben si el día festivo pasará al lunes siguiente, o será el mismo día en el que cae, como este año que el 9 de julio es jueves.

Mi opinión es que este descanso debe ser siempre los lunes de cada año de tal forma que cuando no caiga lunes, debe correrse al lunes siguiente, porque el artículo que creó el festivo señala que para determinar el día de disfrute del descanso remunerado se aplicará lo dispuesto en la Ley 51 de 1983. 

Esa ley enumera una serie de festivos en los que se da el descanso remunerado siempre los días lunes. Como los festivos de Reyes Magos del seis de enero o el de San José del diecinueve de marzo en los que cuando no cae lunes se corre el descanso para el lunes siguiente.

Con esto se adiciona implícitamente el nuevo festivo a los diez en los que se corre el descanso al lunes siguiente cuando la festividad no cae el mismo lunes. 

La Corte Constitucional estudia una demanda que pide tumbar este nuevo festivo que puede llevar en el mediano plazo a quitar este feriado si la Corte acepta los argumentos del demandante. 

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